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¿Cuáles son las indicaciones del cinturón de seguridad?

● Prevención de la violencia inminente por parte del paciente o como respuesta a la violencia inmediata, incontrolable, con trastornos mentales subyacentes, con riesgo grave para la seguridad del paciente o de terceros.

● Sólo cuando las medidas alternativas menos restrictivas hayan sido ineficaces o inadecuadas, y cuando los trastornos de conducta conduzcan a un peligro sustancial e inminente para el paciente o para los demás.

● La contención está indicada excepcionalmente como último recurso, por un tiempo limitado y estrictamente necesario, previa evaluación del paciente y sólo en el contexto de reclusión.

● La medida está completamente justificada clínicamente.